
? El #BOE publica la obligación del uso de mascarilla para las personas de seis años en adelante en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.
Excepciones:
➡️ Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
➡️ Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
➡️ Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.
➡️ Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
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#dondetussentidosdespiertan
#gredostietar
Excmo. Ayuntamiento de Arenas de San Pedro
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